Sub gerencia de Planeamiento Urbano, Control y Catastro

Ing. Yamil Escobar Ceron
catastro@munibarranca.gob.pe
01 235 – 2146 / Anexo 306

La Subgerencia de Planeamiento Urbano, Control y Catastro, es la unidad orgánica encargada de formular y evaluar los planes urbanos establecidos en la Ley orgánica de Municipalidades; así como, actualizar y promover la historia catastral de la provincia, generando información oportuna a todas las áreas de la municipalidad provincial y al público en general. Son sus funciones:

  1. Formular, proponer y controlar los planes urbanos establecidos en la Ley Orgánica de Municipalidades, el Reglamento de Acondicionamiento Territorial, Desarrollo Urbano y Medio Ambiente en coordinación con las municipalidades distritales, los organismos pertinentes de la administración pública y las organizaciones de la sociedad civil;
  2. Implementar las acciones dispuestas por la Primera Disposición Final de la Ordenanza Municipal Nº 032-2008-AL/CPB, acerca del Plan de Desarrollo Urbano del distrito capital de Barranca;
  3. Proponer las orientaciones técnicas y normativas necesarias que faciliten la implementación y estructuración del sistema provincial de planificación urbana para el mediano y largo plazo;
  4. Proponer a la Municipalidad Provincial de Barranca el programa de inversión y estrategia financiera de mediano y largo plazo, de la población de Barranca cercado de acuerdo a los planes de desarrollo aprobados a fin de que sean incorporados en los planes de acción y presupuestos anuales de la municipalidad;
  5. Proponer el programa de inversiones y estrategia financiera de mediano y largo plazo, de acuerdo al Plan de Desarrollo Concertado;
  6. Revisar y dar conformidad mediante informe técnico a los proyectos de Plan de Desarrollo Urbano en  la Provincia, el Plan de Acondicionamiento Territorial y del Control de la Zonificación  Provincial;
  7. Proponer regulaciones y normas, así como supervisar y controlar el crecimiento urbano horizontal y vertical del ámbito distrital;
  8. Programar, organizar, dirigir y controlar los procesos de captura, tratamiento, mantenimiento, actualización y archivo de la información catastral, mediante el desarrollo y aplicación de sistemas informáticos y tecnologías idóneas para su eficaz explotación;
  9. Programar, organizar, controlar e informar periódica y oportunamente los avances y resultados de la información catastral;
  10. Elaborar y mantener actualizado los planos temáticos del distrito del cercado;
  11. Registrar y mantener un archivo actualizado catalogado e intangible de planos urbanos y terrenos rústicos del ámbito Distrital del cercado, así como la elaboración de los planos catastrales, temáticos, valorización, padrones catastrales, cuadros estadísticos, productos de la información catastral;
  12. Mantener actualizado el registro toponímico de la provincia;
  13. Atender las solicitudes para el otorgamiento de  certificado de parámetros urbanístico y edificatorios, zonificación, compatibilidad y uso, numeración, colindantes, código catastral y otros inherentes al área;
  14. Otorgar constancias y/o certificados de posesión, memoria descriptiva, visación de planos.
  15. Controlar y llevar inventario de habilitaciones urbanas, sub divisiones, acumulaciones e independizaciones;
  16. Coordinar acciones técnicas en relación con las autorizaciones de funcionamiento de playas de estacionamiento, grifos, discotecas, expendios de gases y otros servicios que atenten contra la seguridad humana;
  17. Determinar físico y jurídicamente los límites de propiedad inmueble en beneficio de los propietarios o poseedores de la comunidad;
  18. Actualizar la base grafica catastral mediante la información digitalizada de  las aprobaciones realizadas de las respectivas áreas involucradas;
  19. Atender las solicitudes para el otorgamiento de procedimientos de sub división, acumulación e independización;
  20. Elaborar proyectos de afectación de vías;
  21. Elaborar planos, memoria descriptiva de los inmuebles de propiedad municipal;
  22. Controlar, actualizar y planificar el plan de desarrollo urbano;
  23. Emitir resoluciones subgerenciales; y   
  24. Cumplir con las demás funciones afines que le encomiende el Gerente de Desarrollo Urbano y Rural.